Acaba de ser promulgada la Ley 7/2018, de 28 de junio, de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en Aragón (BOA de 10 de julio de 2018).
La Ley parte de la existencia de un substrato de desigual reconocimiento social y económico entre hombres y mujeres y de desigual participación social, cultural, económica, laboral y de representación política. Y persigue dar respuesta al objetivo de garantizar la aplicación práctica y efectiva del derecho a la igualdad en Aragón. Para ello:
- Establece el objeto, el ámbito de aplicación y los principios generales que han de presidir la actuación de los poderes públicos de Aragón.
- Configura el compromiso de la Administración pública aragonesa con la efectividad de la igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres mediante la aplicación del principio de transversalidad, y la incorporación de la perspectiva de género y demás principios.
- Identifica las competencias, funciones, organización institucional y coordinación entre las Administraciones públicas.
- Articula los organismos y unidades de la Administración.
- Regula las políticas públicas para la igualdad de género.
- Señala las medidas para la integración de la perspectiva de género en las políticas públicas, y para la promoción de la igualdad de género en las políticas públicas.
- Regula los principios necesarios para la igualdad efectiva en la educación y enseñanzas no universitarias y en la universitaria.
- Desarrolla las políticas de igualdad en el empleo en el sector privado y público.
- Promociona la conciliación de la vida laboral, familiar y personal, organización de espacios, horarios y creación de servicios.
- Incorpora medidas para la integración de la perspectiva de género en las políticas de promoción y protección de la salud y en la investigación biomédica.
- Estructura políticas de igualdad en el ámbito de lo social, bienestar, discapacidad, personas mayores, interculturalidad, la protección de la maternidad, entre otra.
- Establece políticas para la incorporación de la igualdad de género en el deporte, cultura, cooperación para el desarrollo, planeamiento urbanístico, vivienda y movilidad, sociedad de la información y del conocimiento y desarrollo rural, imagen y medios de comunicación.
- Fija garantías específicas para la igualdad de género, entre las cuales incluye a la institución del Justicia de Aragón.
- Y, finalmente, establece un régimen de infracciones y sanciones.
Ver texto completo en: http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1030177444141